El
Modelo de Velocidades para América del Sur y El Caribe (VEMOS2009) ha sido calculado a partir de las coordenadas
SIRGAS95 y
SIRGAS2000, de las velocidades de las estaciones
SIRGAS-CON determinadas por el
IGS-RNAAC-SIR y de diferentes proyectos geodinámicos desarrollados en la región (Drewes and Heidbach 2009). Dado que la precisión de las coordenadas trasladadas en el tiempo depende directamente de la confiabilidad de este modelo, su cualificación permanente también es un objetivo central de SIRGAS.
El procesamiento preciso de información GNSS incluye:
1. Transformación de las coordenadas de referencia al ITRF al cual se refieren las efemérides satelitales. Actualmente, las coordenadas SIRGAS95 o SIRGAS2000 deben transformarse del ITRF94 o ITRF2000 (respectivamente) al ITRF2005 (IGS05) (
parámetros de transformación entre ITRFs).
2. Traslado de las coordenadas fiduciales desde la época de referencia a la época de observación. Es decir, las coordenadas asociadas a SIRGAS95 deben trasladarse desde 1995.4 al día en que se hace el levantamiento GNSS, por ejemplo 2010.0. Igualmente, las coordenadas referidas a SIRGAS2000 deben traerse desde 2000.4 a 2010.0. Dicho traslado se hace mediante:
siendo X(t), Y(t), Z(t) las coordenadas en la época deseada, X(t
0), Y(t
0), Z(t
0) las coordenadas en la época de referencia, (t - t
0) el intervalo de tiempo transcurrido entre la realización del sistema de referencia y el levantamiento GNSS y Vx, Vy, Vz las velocidades de las estación de referencia.
3. Vx, Vy, Vz deben tomarse de las
soluciones multianuales de la red SIRGAS-CON generadas por el IGS-RNAAC-SIR. Si la estación de referencia no está inlcuida en dichas soluciones, Vx, Vy, Vz pueden tomarse del modelo VEMOS2009. Este modelo corresponde a una cuadrícula de 1° x 1° con velocidades horizontales, las cuales pueden interpolarse con el programa
VMS2009. Si VEMOS2009 es utilizado, la referencia bibliográfica correspondiente es:
4. Una vez las coordenadas de referencia se encuentran en la época de observación, se adelanta el procesamiento de los puntos GNSS nuevos.
5. Las coordenadas de los puntos nuevos se trasladan de la época de observación a la época de referencia (ver ítem 2), ya sea utilizando las velocidades conocidas de un punto muy cercano, o las velocidades del modelo VEMOS2009.
6. Finalmente, las coordenadas de los puntos nuevos deben transformarse al marco de referencia oficial, es decir del ITRF2005 (IGS05) a SIRGAS95 (ITRF94), SIRGAS2000 (ITRF2000), etc. En todos los casos, las coordenadas de los puntos nuevos deben almacenarse con las velocidades utilizadas en su traslado a la época de referencia.
Mayor información en:
Procesamiento de información GPS con relación a marcos de referencia de épocas diferentes (H. Drewes)